Somos una empresa generadora de beneficios para el trabajador y su grupo familiar.
Somos una empresa orientada a satisfacer las necesidades de nuestros clientes
Encuentre un amplio portafolio de servicios y beneficios.






Somos una empresa generadora de beneficios para el trabajador y su grupo familiar.
Somos una empresa orientada a satisfacer las necesidades de nuestros clientes
Encuentre un amplio portafolio de servicios y beneficios.
 
El Cooperativismo de Trabajo Asociado en el Pensamiento y Obra de Francisco Luis Jiménez

 
Fue Francisco Luis Jiménez Arcila, por su pensamiento y obra, el gran forjador del cooperativismo colombiano de la primera época, ya que estaba convencido de la capacidad de este movimiento (y de sus organizaciones constitutivas: las cooperativas) para intervenir múltiples problemáticas económicas y sociales, así como para enfrentar el afán de lucro. Su obra se reafirmó en múltiples cooperativas con asiento principal en la región antioqueña, así como en la formación de centros de estudios, en la realización de diversidad de congresos y seminarios, y en los procesos de organización federativa regional, nacional e internacional. Y su pensamiento siempre se centró en la posibilidad de emancipar la vida de los trabajadores: desde su juventud se propuso promover la organización de los obreros, campesinos, empleados, maestros, conductores, etc.

Por eso, muchas de sus reflexiones se encuentran relacionadas con la vida de los trabajadores del campo y la ciudad. Y no le fue extraño el fenómeno de las cooperativas de trabajo asociado. Dedicamos esta nota editorial a recordar las tesis básicas de Jiménez sobre esta forma de organización cooperativa.

En su famoso texto El Cooperativismo: ayer, hoy y mañana, escrito en 1995, centraba sus esperanzas de un mundo mejor en las cooperativas de trabajo asociado. Sentenció allí que:

“La eterna lucha entre patrones y asalariados debe desaparecer para dar paso al trabajo asociado, en el cual no existe ni patrón ni asalariado. El contrato de trabajo se sustituye por el acto cooperativo que es sólo una guía y un compromiso libre en el cual el socio se obliga a prestar un servicio o generar un producto.

Cada cual, con esta convicción y con esta consigna, cumple a entera amplitud el principio y valor, a la vez, del esfuerzo propio para la ayuda mutua”.

Pero –advertía-, para lograr estos propósitos se requiere una política de fomento real por parte del Estado, mediante tres instrumentos básicos:

a) La reglamentación de los artículos pertinentes de la Ley 79 para facilitar el funcionamiento de estas cooperativas.

b) La creación de un fondo de protección al trabajo con un aporte mínimo de mil millones de pesos, con participación del sector cooperativo.

c) La disposición de una determinada cantidad de recursos de fomento para hacer los estudios sociológicos necesarios que pusieran en marcha un verdadero plan de desarrollo de las cooperativas de trabajo asociado, auténticas y eficientes.

La visión de Jiménez en estas materias era supremamente avanzada. Por eso, cuando en el año 2002 se produjo un proyecto de ley de cooperativas de trabajo asociado, consideró necesario que este tuviera las siguientes bases:

a) Que respetara y consagrara los principios y valores de la Cooperación.

b) Que respetara y garantizara la autonomía de las cooperativas para darse sus propias normas.

c) Que el Estado se responsabilizara del fomento, el cual no debía implicar normas restrictivas, sino de amplia aplicación.

d) Que es deber del Estado el control para evitar desviaciones del verdadero carácter de las cooperativas y estar atento a su correcto funcionamiento, pero en lo más posible con conocimientos pedagógicos.

e) Que el fomento debía hacerse de acuerdo con los dirigentes cooperativos, teniendo en cuenta la variedad de cooperativas que se extienden a todo fenómeno productivo y de servicio.

Sus desvelos de hombre centenario (había nacido en octubre de 1902) se centraron desde el año 2002 en el análisis de la problemática del cooperativismo de trabajo asociado. En su texto Consideraciones en relación con el proyecto de ley sobre cooperativas de trabajo asociado manifiesta las principales tesis sobre este sub-sector y sus potencialidades.

Parte de considerar que la formulación de un proyecto de ley sobre esta materia estaba mediatizado por la presencia de factores negativos en la práctica del cooperativismo de trabajo asociado, que tergiversaban su verdadero sentido. Pero, se reafirmaba en el punto de vista de que estas dificultades no se podían corregir con una ley, ya que la solución infalible estaba en la educación cooperativa.

Ahora, cuando ha disminuido la tormenta regulatoria y una relativa calma parece predominar, es la oportunidad de recoger las tesis ideológicas de Francisco Luis Jiménez y con ellas enfrentar los nuevos retos del cooperativismo de trabajo asociado.

 

Regresar

 

 
El Cooperativismo de Trabajo Asociado en el Pensamiento y Obra de Francisco Luis Jiménez

 
Fue Francisco Luis Jiménez Arcila, por su pensamiento y obra, el gran forjador del cooperativismo colombiano de la primera época, ya que estaba convencido de la capacidad de este movimiento (y de sus organizaciones constitutivas: las cooperativas) para intervenir múltiples problemáticas económicas y sociales, así como para enfrentar el afán de lucro. Su obra se reafirmó en múltiples cooperativas con asiento principal en la región antioqueña, así como en la formación de centros de estudios, en la realización de diversidad de congresos y seminarios, y en los procesos de organización federativa regional, nacional e internacional. Y su pensamiento siempre se centró en la posibilidad de emancipar la vida de los trabajadores: desde su juventud se propuso promover la organización de los obreros, campesinos, empleados, maestros, conductores, etc.

Por eso, muchas de sus reflexiones se encuentran relacionadas con la vida de los trabajadores del campo y la ciudad. Y no le fue extraño el fenómeno de las cooperativas de trabajo asociado. Dedicamos esta nota editorial a recordar las tesis básicas de Jiménez sobre esta forma de organización cooperativa.

En su famoso texto El Cooperativismo: ayer, hoy y mañana, escrito en 1995, centraba sus esperanzas de un mundo mejor en las cooperativas de trabajo asociado. Sentenció allí que:

“La eterna lucha entre patrones y asalariados debe desaparecer para dar paso al trabajo asociado, en el cual no existe ni patrón ni asalariado. El contrato de trabajo se sustituye por el acto cooperativo que es sólo una guía y un compromiso libre en el cual el socio se obliga a prestar un servicio o generar un producto.

Cada cual, con esta convicción y con esta consigna, cumple a entera amplitud el principio y valor, a la vez, del esfuerzo propio para la ayuda mutua”.

Pero –advertía-, para lograr estos propósitos se requiere una política de fomento real por parte del Estado, mediante tres instrumentos básicos:

a) La reglamentación de los artículos pertinentes de la Ley 79 para facilitar el funcionamiento de estas cooperativas.

b) La creación de un fondo de protección al trabajo con un aporte mínimo de mil millones de pesos, con participación del sector cooperativo.

c) La disposición de una determinada cantidad de recursos de fomento para hacer los estudios sociológicos necesarios que pusieran en marcha un verdadero plan de desarrollo de las cooperativas de trabajo asociado, auténticas y eficientes.

La visión de Jiménez en estas materias era supremamente avanzada. Por eso, cuando en el año 2002 se produjo un proyecto de ley de cooperativas de trabajo asociado, consideró necesario que este tuviera las siguientes bases:

a) Que respetara y consagrara los principios y valores de la Cooperación.

b) Que respetara y garantizara la autonomía de las cooperativas para darse sus propias normas.

c) Que el Estado se responsabilizara del fomento, el cual no debía implicar normas restrictivas, sino de amplia aplicación.

d) Que es deber del Estado el control para evitar desviaciones del verdadero carácter de las cooperativas y estar atento a su correcto funcionamiento, pero en lo más posible con conocimientos pedagógicos.

e) Que el fomento debía hacerse de acuerdo con los dirigentes cooperativos, teniendo en cuenta la variedad de cooperativas que se extienden a todo fenómeno productivo y de servicio.

Sus desvelos de hombre centenario (había nacido en octubre de 1902) se centraron desde el año 2002 en el análisis de la problemática del cooperativismo de trabajo asociado. En su texto Consideraciones en relación con el proyecto de ley sobre cooperativas de trabajo asociado manifiesta las principales tesis sobre este sub-sector y sus potencialidades.

Parte de considerar que la formulación de un proyecto de ley sobre esta materia estaba mediatizado por la presencia de factores negativos en la práctica del cooperativismo de trabajo asociado, que tergiversaban su verdadero sentido. Pero, se reafirmaba en el punto de vista de que estas dificultades no se podían corregir con una ley, ya que la solución infalible estaba en la educación cooperativa.

Ahora, cuando ha disminuido la tormenta regulatoria y una relativa calma parece predominar, es la oportunidad de recoger las tesis ideológicas de Francisco Luis Jiménez y con ellas enfrentar los nuevos retos del cooperativismo de trabajo asociado.

 

Regresar

 

NOTA EDITORIAL
Mecanismos para la solución de conflictos en las cooperativas de trabajo asociado
Junio 1 de 2010

Cuando se promulgó la ley 79 en diciembre del año 1988, muchos cooperativistas pensamos que había llegado el momento de contar definitivamente con una estructura normativa adecuada para lograr el desarrollo del cooperativismo en Colombia, habida cuenta de que uno de sus objetivos era el de “promover el desarrollo del derecho cooperativo como rama especial del ordenamiento jurídico general.”
 Ampliar información
 
.....................................................................
NOTA EDITORIAL
Mecanismos para la solución de conflictos en las cooperativas de trabajo asociado
Junio 1 de 2010

Cuando se promulgó la ley 79 en diciembre del año 1988, muchos cooperativistas pensamos que había llegado el momento de contar definitivamente con una estructura normativa adecuada para lograr el desarrollo del cooperativismo en Colombia, habida cuenta de que uno de sus objetivos era el de “promover el desarrollo del derecho cooperativo como rama especial del ordenamiento jurídico general.”
 Ampliar información
 
.....................................................................

 

 





Copyright© 2003-2009 COODESCO C.T.A. Medellín - Colombia

Dirección General Medellín Calle 50 51-24 - Edificio Banco Ganadero Tel: 57(4) 5131109 Fax: 57(4) 5121211
Cohete.Net S.A.